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VALIDEZ LEGAL

Validez legal de la firma electrónica

El efecto legal de una firma depende de la operación, el nivel de garantía configurado y la evidencia disponible.

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Marco europeo

La firma electrónica en la UE se rige por el Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS). Su artículo 25 establece que no se puede negar efecto jurídico ni admisibilidad como prueba a una firma por el mero hecho de ser electrónica.

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Niveles de firma

  • Firma electrónica simple (FES): datos electrónicos usados por el firmante para firmar.
  • Firma electrónica avanzada (FEA): vinculada de forma única al firmante, capaz de identificarlo, bajo su control y ligada al documento de modo que los cambios posteriores sean detectables.
  • La firma cualificada (QES) exige certificado cualificado y un prestador cualificado de servicios de confianza. Signatuz no afirma actualmente ser QTSP.
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Evidencias capturadas

  • Identidad del destinatario y eventos de verificación configurados.
  • Marcas de tiempo, direcciones IP y agente de usuario de los eventos relevantes.
  • Protección de integridad del PDF y pista de auditoría completa.
  • Sellos RFC 3161 cuando están disponibles en el flujo configurado.
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Si se impugna una firma

El acuerdo, el método de identificación, la secuencia de eventos y los controles de integridad ayudan a explicar quién actuó, cuándo y si el documento cambió después. Una operación concreta puede requerir asesoramiento legal.